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BANDO SOBRE DESPLAZAMIENTOS

    Que la situación generada por la evolución del coronavirus COVID-19 ha exigido que el Gobierno de la Nación haya adoptado medidas de contención extraordinarias destinadas a limitar la extensión del citado virus y a la minoración de los perniciosos efectos que sobre la salud de los ciudadanos tiene el mismo, entre las que se incluyen las limitaciones a la libre circulación de los ciudadanos que se contemplan en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID- 2019.
    Aunque hay que reconocer y agradecer que, en general, la aceptación ciudadana de la dolorosas medidas acordadas alcanza niveles satisfactorios propios de un pueblo solidario y comprometido, lo cierto es que según los datos publicados por la Delegación del Gobierno en nuestra región, en esta primera semana de vigencia del estado de alarma se han observado desplazamientos de ciudadanos procedentes de distintos territorios, e incluso de otras regiones hacia segundas residencias ubicadas en localidades diversas de Extremadura. Hay que señalar que tales desplazamientos se encuentran prohibidos, ya que no figuran entre las actividades autorizadas expresamente contempladas en el referido artículo 7 del Real Decreto 463/2020, y por ello, se considera necesario reforzar medidas preventivas y correctoras que eviten que los mismos se sigan produciendo.
    En consecuencia, la Delegación del Gobierno en Extremadura ha solicitado la colaboración de las Alcaldías a través de la FEMPEX para velar por el cumplimiento escrupuloso de todas las medidas establecidas por el Gobierno de la Nación y avaladas por autoridades y expertos sanitarios, motivo por el cual se recuerda a todos los vecinos con segunda residencia en esta localidad que queda terminantemente prohibido el desplazamiento individual, en grupo o familia hacia estas segundas residencias, casas, chalets o similares ubicadas en Magacela, cualquiera que se sea el punto de España de donde se proceda, con la advertencia de que el incumplimiento de tal prohibición determinará la aplicación de la correspondiente sanción administrativa y, en su caso, la imputación de un eventual delito de desobediencia. 
    Aquellos que ya se han desplazado y no puedan volver a su domicilio habitual, deberán hacer una cuarentena de 20 días o atenerse a posibles sanciones. 
    Se pide, igualmente, colaboración y complicidad para la detección de estos casos en nuestro pueblo, con los datos precisos para poder actuar en consecuencia, llamando a la Guardia Civil al número 062 o comunicándolo a este Ayuntamiento.
       Lo que se hace público para general conocimiento en Magacela a veinticinco de marzo  de dos mil veinte.