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IMPOSICIÓN DE LA TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL DE ACTUACIONES URBANÍSTICAS SUJETAS AL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN PREVIA Y APROBACIÓN DE SU ORDENANZA FISCAL REGULADORA |
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El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de enero de 2.012, acordó provisionalmente la imposición de la “Tasa por realización de actividades administrativas de verificación y control de actuaciones urbanísticas sujetas al régimen de comunicación previa”, así como la aprobación inicial de su correspondiente Ordenanza Fiscal reguladora. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese presentado reclamación alguna, se considerarán aprobados definitivamente dichos acuerdos. Magacela, 12 de enero de 2.012. La Alcaldesa. Fdo.: Inés María Escobar Moreno.
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