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RÉGIMEN DE DEDICACIÓN Y RETRIBUTIVO DE MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el pasado día siete de julio de dos mil once, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo: ”Primero.- Otorgar la dedicación exclusiva a la Sra. Alcaldesa, doña Inés María Escobar Moreno, para el ejercicio de sus funciones conforme a la legalidad vigente. Segundo.- De conformidad con la documentación recibida de la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX), en relación con el acuerdo adoptado por los partidos políticos más representativos de la región sobre retribuciones de los cargos electos en las entidades locales de Extremadura, acordar para la Sra. Alcaldesa unas retribuciones líquidas de mil euros al mes (1.000,00 euros/mes) por el ejercicio de sus funciones en régimen de dedicación exclusiva y dos pagas extraordinarias de igual cuantía al año, correspondiendo su devengo en los meses de junio y diciembre de cada año. Tercero.- Aprobar las siguientes asignaciones por asistencia a sesiones de los miembros de la Corporación municipal sin dedicación exclusiva: Cuarto.- Los miembros de la Corporación Local percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de sus cargos, previa justificación documental. Quinto.- Que se realice la oportuna consignación presupuestaria o se apruebe la correspondiente modificación de crédito en el presupuesto general de la entidad para hacer frente a las obligaciones económicas que se deriven del presente acuerdo. Sexto.- Que se publiquen los acuerdos adoptados en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.” Lo que se hace público para general conocimiento. Magacela, 11 de julio de 2.011. La Alcaldesa. Fdo.: Inés María Escobar Moreno.
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